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Su vehículo fue confiscado por una o más de las
razones siguientes:
a. La licencia de conducir del conductor del vehículo fue revocada,
O suspendida debido a una convicción de DUI (conducir
bajo la influencia) , O suspendida por la violación de
§28-3306 (puntos) O suspendida debido a una convicción anterior,
O el conductor nunca recibió una licencia de conducir
del estado de Arizona ni de otra jurisdicción.
b. La licencia de conducir del conductor del vehículo fue revocada,
suspendida, cancelada o el conductor nunca recibió una licencia
de conducir del estado de Arizona ni de otra jurisdicción, incluyendo
otro país Y no hay evidencia de matriculación ni
seguro para el vehículo Y El conductor del vehículo
es implicado en un accidente
c. El conductor del vehículo fue arrestado por DUI Juvenil (§4-244),
DUI Extremo (§28-1382) o DUI Agraviado (§28-1383)
El dueño, el cónyuge del dueño, la parte
con derecho de retención, u otra parte con interés legal
tiene el derecho de:
a) Solicitar una Audiencia Después de Almacenamiento dentro
de diez (10) días desde la fecha que el vehículo fue confiscado,
solo con el propósito de determinar la validez de la confiscación
del vehículo o para determinar si el vehículo es elegible
para ser descargado antes de los treinta (30) días. Se puede
solicitar por teléfono, FAX o por escrito a:
Phoenix Police Department
Code Enforcement Unit
620 West Washington Street #130
Phoenix, AZ 85003
Teléfono: (602) 495-2096
FAX: (602) 534-4334
b) El vehículo se puede descargar inmediatamente se presenta
evidencia de una licencia válida para conducir, la matriculación
actual y seguro para el vehículo SOLO SI se aplica una de la
siguientes excepciones:
1. El dueño del vehículo es una compañía
y el conductor es un empleado y no es el dueño del vehículo
según ARS§28-3512-A-2
2. El vehículo es alquilado como se describe en ARS §28-3512-A-4
3. Al dueño del vehículo se le han reestablecido sus
privilegios para conducir Y se paga el costo administrativo
de $150.00 al contado, con cheque certificado o giro postal a favor
de City of Phoenix
4. Un sistema certificado de trabador electrónico del arranque
(certified ignition interlock system) es instalado en el vehículo
según el ARS §28-3512-F Y se paga el costo administrativo
de $150.00 al contado, con cheque certificado o giro postal a favor
de City of Phoenix
5. Se firma e aplica un Acuerdo Para Conducir según
ARS §28-3512-A-5 Y se paga el costo administrativo de
$150.00 al contado, con cheque certificado o giro postal a favor de
City of Phoenix
6. Si se vuelve a tomar posesión del vehículo o está
bajo juicio hipotecario según ARS §28-3512-D
7. Si el dueño o el cónyuge del dueño presenta
una licencia de conducir válida, matriculación actual
del vehículo, y prueba de responsabilidad financiera (seguro
de vehículo) Y si no fue el conductor del vehículo
cuando fue confiscado Y se paga el costo administrativo de
$150.00 al contado, con cheque certificado o giro postal a favor de
City of Phoenix
8. Hay evidencia que el vehículo fue robado y se reportó
el robo a la apropiada agencia de policial
9. La parte con derecho de retención es un vendedor
de vehículos, es un banco, es una unión de crédito
(credit union) o es una corporación de aceptación que
mantiene un interés legal del vehículo Y presenta
documentos de juicio hipotecario o una declaración jurada donde
se devuelve el vehículo.
10. Se determinó en la Audiencia Después de Almacenamiento
que el vehículo no fue confiscado apropiadamente
El vehículo será descargado después de
treinta (30) días de confiscación si:
a) Se paga el costo administrativo de $150.00 al contado, con cheque
certificado o giro postal a favor de City of Phoenix
b) El dueño, el cónyuge del dueño o su agente presenta
una licencia de conducir válida, matriculación actual
del vehículo, y prueba de responsabilidad financiera (seguro
de vehículo)
c) Se presenta prueba de la instalación de un sistema certificado
de trabador electrónico del arranque (certified ignition interlock
system) en el vehículo confiscado, si es que se exige por ley.
La compañía de remolque que tiene posesión física
del vehículo permitirá sin costo acceso al vehículo
confiscado para el propósito de la instalación de un sistema
certificado de trabador electrónico del arranque (certified ignition
interlock system), si es que se exige por ley
Los costos relacionados con almacenar el vehículo confiscado:
a. No exceden quince (15) dólares por cada día almacenado
b. Incluye los costos para inmovilizar, remover con grúa y almacenar
el vehículo
c. El dueño del vehículo es responsable por los costos
relacionados con remover el vehículo con grúa y para almacenar
el vehículo, a menos que se determina que el vehículo
no fue confiscado apropiadamente por el Departamento de Policía
de Phoenix
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Confiscación De Vehículo
La oficina de la Unidad de Administración de Códigos de la Ciudad de Phoenix (Code Enforcement Unit) se mantendrá abierta de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., desde lunes a viernes. Estaremos cerrados en los días de fiesta.
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